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Preguntas Generales

PREGUNTAS FRECUENTES

Es un mecanismo criptográfico que permite al receptor de un mensaje firmado digitalmente, identificar a la entidad originadora de dicho mensaje (autenticación de origen y no repudio), y confirmar que el mensaje no ha sido alterado desde que fue firmado por el originador (integridad).

Se utiliza para dar legalidad y seguridad jurídica y tecnológica, a documentos y transacciones electrónicas en ambientes digitales.

Los requisitos para adquirir un Certificado de Firma Digital – CFD de acuerdo a la Resolución Administrativa ATT-DJ-RA TL LP 32/2015 son los siguientes:

Certificado Digital para Persona Jurídica 

  • Fotocopia simple del certificado de inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) y/o documento de exhibición del NIT del solicitante.
  • Fotocopia simple de Carnet de Identidad o carnet de extranjero del representante legal de la empresa u organización solicitante.
  • Fotocopia del nombramiento o certificado laboral del solicitante firmado por el representante legal de la empresa u organización solicitante.
  • Autorización original de la persona jurídica solicitante firmada por el representante legal
  • La documentación debe ser validad por la Entidad Certificadora Autorizada /Agencia de Registro con la presentación de la documentación original por parte del solicitante.
  • En función al tipo de información que utiliza una organización las claves públicas y privadas podrán ser emitidas de acuerdo a los criterios de seguridad del anexo 10 y de acuerdo a la siguiente información:
  • Dispositivo que permita firmar un documento al signatario, donde sean almacenados y custodiados el certificado digital,  y su clave privada (Token o tarjetas inteligentes – Smart cards) que cumpla con el estándar FIPS 140-2. (inciso g art. 33 del D.S 1793).
  • Software donde sea almacenado el certificado digital que permita firma uno o varios documentos y que cumpla con sistemas de seguridad reconocido internacionalmente, garantizando la confiabilidad del mismo (inciso g art. 33 del D.S 1793).

CDF para Persona Natural

  • Fotocopia simple de Carnet de Identidad o carnet de extranjero del Solicitante.
  • Fotocopia de ultima factura de pago de agua, luz o teléfono que permita verificar la dirección actual del solicitante.
  • La documentación debe ser validad por la Entidad Certificadora Autorizada /Agencia de Registro con la presentación de la documentación original por parte del solicitante.
  • Dispositivo que permita firmar un documento al signatario, donde sean almacenados y custodiados el certificado digital,  y su clave privada (Token o tarjetas inteligentes – Smart cards) que cumpla con el estándar FIPS 140-2. (inciso g art. 33 del D.S 1793).

La vigencia de los certificados para Persona Natural y Persona Jurídica es la siguiente:

TIPO DE CERTIFICADO UTILIDAD VIGENCIA
Persona natural

Firma de documentos, protección de correo electrónico, autenticación en sitio web, firma de código informático. Este certificado es para uso exclusivo de ciudadanos de Bolivia.

1 año

Persona jurídica

En representación de una persona jurídica: firma de documentos, protección de correo electrónico, autenticación en sitio web, firma de código informático.

1 año

 

El precio de los Certificados de Firma Digital se expresan en el siguiente cuadro:

TIPO DE CERTIFICADO PRECIO EN BS.
Persona Natural 68.00

Persona Jurídica

Unipersonal S.R.L. OTRO TIPO DE ORGANIZACIONES S.A.
68.00 136.00 136.00 154.00

 

 

El procedimiento es el siguiente:

  • Se debe llenar el formulario de Registro con toda la información requerida vía Web o in situ en cualquiera de las ventanillas de las Agencias de Registros.
  • El Cliente procede con el pago del arancel correspondiente.
  • De manera presencial, se verifican los Documentos presentados.
  • Se Valida Identidad del Titular.
  • Se inicializa el token o dispositivo de seguridad.
  • Se genera las claves privadas y públicas.
  • El Cliente ingresa su PIN de control y seguridad.
  • La Agencia de Registro remite la Solicitud a la ECA
  • Se verifica nuevamente la solicitud
  • Se genera el certificado
  • Se agrega a la lista de certificados
  • Se notifica al cliente mediante correo electrónico
  • Se carga el certificado al token (en el cliente)

El proceso es el siguiente:

  • Se presenta la solicitud de renovación del certificado, vía Web, vía telefónica o de manera presencial.
  • Se verifica la identidad del solicitante y Si se verifica la veracidad de la solicitud, se procede a renovar de forma inmediata.
  • Si no se puede verificar o validar la veracidad de la solicitud, deberá realizarlo de manera presencial.
  • Finalmente se procede con la renovación del certificado.
  • Se debe llenar el formulario de Revocación con toda la información requerida vía Web o in situ en cualquiera de las ventanillas de las Agencias de Registros.
  • Se verifican los Documentos presentados.
  • Se Valida Identidad del Titular.
  • La Agencia de Registro remite la Solicitud a la ECA
  • Se verifica nuevamente la solicitud
  • Se revoca el certificado
  • Se agrega a la lista de certificados Revocados - CRL
  • Se notifica al cliente mediante correo electrónico

El procedimiento para realizar un reclamo es el siguiente:

  • Se ingresa el reclamo vía Web, telefónicamente o de manera presencial.
  • Se registra el Reclamo y se envía al responsable de atender el mismo.
  • El encardado de atender este tipo de solicitudes, analiza la pertinencia
  • Se toma contacto con el cliente para confirmar la solicitud recibida y se retroalimenta con las acciones tomadas.
  • Se cierra el caso con el resultado de las acciones realizadas y del contacto con el cliente.

Por favor ingresar al siguiente link para acceder al documento requerido, Aquí

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