PREGUNTAS FRECUENTES
Es un mecanismo criptográfico que permite al receptor de un mensaje firmado digitalmente, identificar a la entidad originadora de dicho mensaje (autenticación de origen y no repudio), y confirmar que el mensaje no ha sido alterado desde que fue firmado por el originador (integridad).
Se utiliza para dar legalidad y seguridad jurídica y tecnológica, a documentos y transacciones electrónicas en ambientes digitales.
Los requisitos para adquirir un Certificado de Firma Digital – CFD de acuerdo a la Resolución Administrativa ATT-DJ-RA TL LP 32/2015 son los siguientes:
Certificado Digital para Persona Jurídica
- Fotocopia simple del certificado de inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) y/o documento de exhibición del NIT del solicitante.
- Fotocopia simple de Carnet de Identidad o carnet de extranjero del representante legal de la empresa u organización solicitante.
- Fotocopia del nombramiento o certificado laboral del solicitante firmado por el representante legal de la empresa u organización solicitante.
- Autorización original de la persona jurídica solicitante firmada por el representante legal
- La documentación debe ser validad por la Entidad Certificadora Autorizada /Agencia de Registro con la presentación de la documentación original por parte del solicitante.
- En función al tipo de información que utiliza una organización las claves públicas y privadas podrán ser emitidas de acuerdo a los criterios de seguridad del anexo 10 y de acuerdo a la siguiente información:
- Dispositivo que permita firmar un documento al signatario, donde sean almacenados y custodiados el certificado digital, y su clave privada (Token o tarjetas inteligentes – Smart cards) que cumpla con el estándar FIPS 140-2. (inciso g art. 33 del D.S 1793).
- Software donde sea almacenado el certificado digital que permita firma uno o varios documentos y que cumpla con sistemas de seguridad reconocido internacionalmente, garantizando la confiabilidad del mismo (inciso g art. 33 del D.S 1793).
CDF para Persona Natural
- Fotocopia simple de Carnet de Identidad o carnet de extranjero del Solicitante.
- Fotocopia de ultima factura de pago de agua, luz o teléfono que permita verificar la dirección actual del solicitante.
- La documentación debe ser validad por la Entidad Certificadora Autorizada /Agencia de Registro con la presentación de la documentación original por parte del solicitante.
- Dispositivo que permita firmar un documento al signatario, donde sean almacenados y custodiados el certificado digital, y su clave privada (Token o tarjetas inteligentes – Smart cards) que cumpla con el estándar FIPS 140-2. (inciso g art. 33 del D.S 1793).
La vigencia de los certificados para Persona Natural y Persona Jurídica es la siguiente:
TIPO DE CERTIFICADO | UTILIDAD | VIGENCIA |
---|---|---|
Persona natural | Firma de documentos, protección de correo electrónico, autenticación en sitio web, firma de código informático. Este certificado es para uso exclusivo de ciudadanos de Bolivia. | 1 año |
Persona jurídica | En representación de una persona jurídica: firma de documentos, protección de correo electrónico, autenticación en sitio web, firma de código informático. | 1 año |
El precio de los Certificados de Firma Digital se expresan en el siguiente cuadro:
TIPO DE CERTIFICADO | PRECIO EN Bs. |
---|---|
Persona Natural | 68.00 |
Persona Jurídica | 68.00 |
Unipersonal | 68.00 |
S.R.L. | 68.00 |
Otro tipo de organizaciones | 136.00 |
S.A. | 154.00 |
El procedimiento es el siguiente:
- Se debe llenar el formulario de Registro con toda la información requerida vía Web o in situ en cualquiera de las ventanillas de las Agencias de Registros.
- El Cliente procede con el pago del arancel correspondiente.
- De manera presencial, se verifican los Documentos presentados.
- Se Valida Identidad del Titular.
- Se inicializa el token o dispositivo de seguridad.
- Se genera las claves privadas y públicas.
- El Cliente ingresa su PIN de control y seguridad.
- La Agencia de Registro remite la Solicitud a la ECA
- Se verifica nuevamente la solicitud
- Se genera el certificado
- Se agrega a la lista de certificados
- Se notifica al cliente mediante correo electrónico
- Se carga el certificado al token (en el cliente)
El proceso es el siguiente:
- Se presenta la solicitud de renovación del certificado, vía Web, vía telefónica o de manera presencial.
- Se verifica la identidad del solicitante y Si se verifica la veracidad de la solicitud, se procede a renovar de forma inmediata.
- Si no se puede verificar o validar la veracidad de la solicitud, deberá realizarlo de manera presencial.
- Finalmente se procede con la renovación del certificado.
El procedimiento es el siguiente:
- Se debe llenar el formulario de Revocación con toda la información requerida vía Web o in situ en cualquiera de las ventanillas de las Agencias de Registros.
- Se verifican los Documentos presentados.
- Se Valida Identidad del Titular.
- La Agencia de Registro remite la Solicitud a la ECA
- Se verifica nuevamente la solicitud
- Se revoca el certificado
- Se agrega a la lista de certificados Revocados – CRL
- Se notifica al cliente mediante correo electrónico
- Se ingresa el reclamo vía Web, telefónicamente o de manera presencial.
- Se registra el Reclamo y se envía al responsable de atender el mismo.
- El encardado de atender este tipo de solicitudes, analiza la pertinencia
- Se toma contacto con el cliente para confirmar la solicitud recibida y se retroalimenta con las acciones tomadas.
- Se cierra el caso con el resultado de las acciones realizadas y del contacto con el cliente.
Por favor ingresar al siguiente link para acceder al documento requerido. Aquí.